En el autoconsumo sin excedentes, la instalación tiene un sistema antivertido que impide que salga energía a la red: es la modalidad más sencilla legalmente, pero desaprovecha la energía que sobra. En el autoconsumo con excedentes, la energía sobrante se vierte a la red y se compensa en la factura o se vende en el mercado, lo que exige algún trámite más pero aprovecha toda la producción. Para la gran mayoría de viviendas, la modalidad con excedentes acogida a compensación es la más rentable.
Al legalizar una instalación hay que elegir modalidad, y muchas personas no saben qué implica cada una. La diferencia no es solo técnica: cambia quién interviene, qué permisos hacen falta y cuánto se ahorra.
Información basada en el Real Decreto 244/2019, que regula el autoconsumo en España.
En este artículo vas a ver:
- Las modalidades de autoconsumo que prevé la ley.
- Los requisitos legales de cada una.
- Una comparativa legal y económica.
- Qué modalidad elegir y cómo cambiar.
Respuesta rápida: elige con excedentes acogida a compensación salvo que tengas un motivo concreto para no verter: por ejemplo, que no quieras ningún trámite con la comercializadora o que tu instalación sea muy pequeña respecto a tu consumo y casi no genere excedentes.
Las modalidades según el Real Decreto 244/2019
| Modalidad | Qué ocurre con la energía sobrante | Sujetos que intervienen |
|---|---|---|
| Sin excedentes | No sale a la red: un sistema antivertido lo impide | Solo el consumidor |
| Con excedentes acogida a compensación | Se vierte a la red y se descuenta de la factura cada mes | Consumidor y productor (normalmente, la misma persona) |
| Con excedentes no acogida a compensación | Se vierte a la red y se vende en el mercado eléctrico | Consumidor y productor, con obligaciones de productor |
Autoconsumo individual o colectivo
Además de la modalidad, el autoconsumo puede ser:
- Individual: un solo consumidor asociado a la instalación.
- Colectivo: varios consumidores comparten una instalación y se reparten su energía.
En el autoconsumo colectivo, todos los participantes deben estar en la misma modalidad.
Instalaciones próximas a red interior o a través de red
La instalación puede conectarse a la red interior del consumidor (lo habitual en viviendas) o a la red de distribución, compartiendo la energía con consumidores cercanos. Esta distinción afecta, por ejemplo, a la posibilidad de hacer autoconsumo sin excedentes: la modalidad sin excedentes solo es posible en instalaciones conectadas a la red interior.
Autoconsumo sin excedentes: requisitos legales
El sistema antivertido
Es el requisito que define esta modalidad. Consiste en un medidor que vigila el punto de conexión con la red y un control que reduce la producción del inversor si la casa empieza a verter energía. Debe cumplir los requisitos técnicos de la normativa de baja tensión y figurar en la documentación de la instalación.
En la práctica, lo integran muchos inversores con su propio medidor de consumo, configurado en modo «vertido cero».
Qué trámites simplifica
| Aspecto | En autoconsumo sin excedentes |
|---|---|
| Sujetos | Solo el consumidor |
| Permisos de acceso y conexión | No hacen falta |
| Registro de producción | No: la instalación no es productora a efectos de mercado |
| Registro de autoconsumo | Sí, normalmente de oficio a partir de la legalización |
| Contrato con la comercializadora | El de suministro de siempre, modificado para reflejar el autoconsumo |
| Fiscalidad | Ninguna obligación adicional |
Lo que sigue haciendo falta
- Permiso municipal (declaración responsable, comunicación previa o licencia).
- Instalación por una empresa instaladora habilitada, con su certificado.
- Comunicación de la puesta en servicio a la comunidad autónoma.
La contrapartida
La energía que la casa no consume en el momento no se aprovecha: el inversor reduce la producción. En una vivienda típica sin batería, eso puede suponer perder buena parte de la producción de primavera y verano.
Autoconsumo con excedentes: compensación o venta
En esta modalidad la ley distingue dos sujetos: el consumidor y el productor. En una vivienda, suelen ser la misma persona, pero legalmente son dos papeles distintos.
Con excedentes acogida a compensación
| Requisito | Detalle |
|---|---|
| Fuente renovable | Sí |
| Potencia de producción | Hasta 100 kW en total |
| Contrato | Un contrato de suministro y un acuerdo de compensación con la comercializadora |
| Régimen retributivo | La instalación no puede tener otro régimen retributivo específico |
| Permisos de acceso y conexión | No hacen falta hasta 15 kW en suelo urbanizado con servicios; por encima, sí |
| Registro | Autoconsumo de oficio; producción según el caso y la comunidad autónoma |
| Fiscalidad | En una vivienda, la compensación es un descuento en la factura, no un ingreso |
Con excedentes no acogida a compensación
| Requisito | Detalle |
|---|---|
| Inscripción como productor | En el registro de instalaciones de producción de energía eléctrica |
| Venta en el mercado | Normalmente a través de un representante |
| Permisos de acceso y conexión | Como en la anterior: exentos hasta 15 kW en suelo urbanizado |
| Impuestos | Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica |
| Fiscalidad | Los ingresos tributan como actividad económica, con obligaciones de IVA |
En resumen
La compensación es la versión sencilla del autoconsumo con excedentes: sin alta como productor en el mercado, sin representante y sin obligaciones fiscales para una vivienda. La venta es propia de instalaciones más grandes o con un objetivo de producción.
Comparativa legal
| Aspecto | Sin excedentes | Con excedentes, con compensación | Con excedentes, venta |
|---|---|---|---|
| Sistema antivertido | Obligatorio | No | No |
| Sujetos | Consumidor | Consumidor y productor | Consumidor y productor |
| Límite de potencia para la modalidad | Sin límite específico de la modalidad | Hasta 100 kW de producción | Sin límite específico |
| Permisos de acceso y conexión | No | Exentos hasta 15 kW en suelo urbanizado | Exentos hasta 15 kW en suelo urbanizado |
| Registro de autoconsumo | Sí | Sí | Sí |
| Registro de producción | No | Según el caso | Sí |
| Contrato con comercializadora | Suministro | Suministro y acuerdo de compensación | Suministro, y representante para la venta |
| Obligaciones fiscales en una vivienda | Ninguna | Ninguna | Actividad económica, IVA e impuesto sobre la producción |
| Instalación a través de la red | No permitida | Permitida | Permitida |
| Autoconsumo colectivo | Posible en red interior | Posible | Posible |
Lo que es igual en todas
- Permiso municipal.
- Instalación por una empresa habilitada y certificado de instalación.
- Comunicación a la comunidad autónoma y registro de autoconsumo.
- Modificación del contrato de acceso por la distribuidora.
- Exención de cargos sobre la energía autoconsumida.
Diferencias económicas
Vivienda en Levante con 5 kW de placas, que produce unos 7.750 kWh al año, consume en el momento unos 2.500 kWh y compra el resto de su consumo a la red. Precios orientativos con impuestos.
| Sin excedentes | Con excedentes, compensación | Con excedentes, compensación y batería virtual | |
|---|---|---|---|
| Energía autoconsumida en directo | ≈ 2.500 kWh | ≈ 2.500 kWh | ≈ 2.500 kWh |
| Ahorro por autoconsumo directo (a ≈ 0,20 €/kWh) | ≈ 500 € | ≈ 500 € | ≈ 500 € |
| Excedentes | Se pierden (el inversor limita la producción) | ≈ 5.250 kWh vertidos | ≈ 5.250 kWh vertidos |
| Ahorro por compensación (a ≈ 0,076 €/kWh) | 0 € | ≈ 300–400 €, según el tope mensual | ≈ 400 € |
| Ahorro anual aproximado | ≈ 500 € | ≈ 800–900 € | ≈ 900 € |
En este ejemplo, la modalidad sin excedentes ahorra casi la mitad que la modalidad con compensación, con la misma instalación.
Cuándo se acercan los resultados
- Instalaciones pequeñas respecto al consumo, que casi no generan excedentes.
- Viviendas con batería física bien dimensionada, que aprovechan casi toda la producción.
- Negocios con consumo alto y constante durante el día, que consumen casi todo en el momento.
Qué modalidad elegir
| Tu situación | Modalidad recomendada |
|---|---|
| Vivienda con instalación de tamaño normal | Con excedentes acogida a compensación |
| Vivienda que pierde excedentes en verano | Con excedentes acogida a compensación, con batería virtual |
| Instalación muy pequeña que casi no genera excedentes | Sin excedentes, si quieres el trámite más simple |
| Instalación con batería grande que aprovecha casi toda la producción | Cualquiera; con compensación sigues aprovechando lo que sobre |
| Negocio con consumo diurno alto y constante | Sin excedentes o con compensación, según los excedentes previstos |
| Instalación de más de 100 kW con pocos excedentes | Sin excedentes |
| Instalación de más de 100 kW con muchos excedentes | Con excedentes, venta en el mercado |
| Autoconsumo a través de la red (no en red interior) | Con excedentes: la modalidad sin excedentes no es posible |
Una regla sencilla
Si tu instalación va a generar excedentes de forma habitual, elige con compensación: es casi tan sencilla como la modalidad sin excedentes y puede aumentar el ahorro de forma importante. La modalidad sin excedentes solo tiene sentido cuando los excedentes van a ser muy pequeños o cuando no se puede verter a la red.
Cambiar de modalidad
La modalidad no es definitiva: se puede cambiar, pero cada cambio es un trámite.
| Cambio | Qué implica |
|---|---|
| De sin excedentes a con compensación | Reconfigurar el inversor para permitir el vertido, comunicar la modificación a la comunidad autónoma y firmar el acuerdo de compensación con la comercializadora. Si la instalación supera 15 kW o no está en suelo urbanizado, solicitar permisos de acceso y conexión |
| De con compensación a sin excedentes | Instalar o activar el sistema antivertido y comunicar la modificación |
| De compensación a venta | Comunicar la modificación, inscribirse como productor, contratar un representante y darse de alta fiscalmente |
| De venta a compensación | Comunicar la modificación, firmar el acuerdo de compensación y dar de baja las obligaciones como productor |
Frecuencia de los cambios
La normativa limita la frecuencia con que se puede cambiar de modalidad, para evitar cambios constantes según la época del año. Consulta con tu instalador o con la comunidad autónoma antes de planificarlo.
El caso más habitual
Instalaciones que se legalizaron sin excedentes para simplificar el trámite y después pasan a compensación al comprobar cuánta energía se desperdiciaba. Es un cambio sencillo y, en muchos casos, uno de los que más ahorro añade sin tocar las placas.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el autoconsumo sin excedentes?
Una modalidad en la que la instalación tiene un sistema antivertido que impide que la energía sobrante salga a la red. Es la más sencilla legalmente, pero desaprovecha la energía que la casa no consume en el momento.
¿Es obligatorio el antivertido?
Solo en la modalidad sin excedentes. En la modalidad con excedentes, la energía sobrante se vierte a la red y se compensa o se vende.
¿Qué modalidad conviene más en una vivienda?
Con excedentes acogida a compensación, en la gran mayoría de casos. Permite aprovechar toda la producción y no tiene obligaciones fiscales para una vivienda.
¿Necesito permiso de la distribuidora para verter excedentes?
Con excedentes de hasta 15 kW en suelo urbanizado con servicios, no hace falta solicitar permisos de acceso y conexión. Por encima, sí.
¿Tengo que declarar algo en Hacienda si compenso excedentes?
En una vivienda, la compensación simplificada es un descuento en la factura y no supone obligaciones fiscales adicionales. Vender los excedentes en el mercado sí las implica.
¿Puedo cambiar de sin excedentes a con excedentes?
Sí. Hay que reconfigurar el inversor, comunicar la modificación a la comunidad autónoma y firmar el acuerdo de compensación con tu comercializadora.
¿El autoconsumo paga algún cargo por la energía que consumo de mis placas?
No. La energía autoconsumida está exenta de cargos desde 2018, cuando se eliminó el llamado «impuesto al sol».
Conclusión
El autoconsumo sin excedentes es la modalidad más sencilla legalmente: un solo sujeto, sin permisos de acceso y conexión, pero con un sistema antivertido que desaprovecha la energía sobrante. El autoconsumo con excedentes acogida a compensación añade un acuerdo con la comercializadora y, a cambio, aprovecha toda la producción, sin obligaciones fiscales para una vivienda. La venta en el mercado es propia de instalaciones grandes.
Resumen:
| Si tu instalación… | Elige |
|---|---|
| Va a generar excedentes habitualmente | Con excedentes, con compensación |
| Casi no generará excedentes | Sin excedentes, si quieres el trámite mínimo |
| Supera los 100 kW y tiene muchos excedentes | Con excedentes, venta |
| Comparte energía a través de la red | Con excedentes |
En una vivienda típica, la modalidad con compensación puede casi duplicar el ahorro frente a la modalidad sin excedentes, con una diferencia de trámites mínima. Si ya tienes una instalación sin excedentes, valora el cambio: es una de las mejoras más rentables que puedes hacer.
